El ejercicio de las actividades del Comercio Ambulante requiere la previa obtención de la correspondiente autorización municipal, conforme al procedimiento de otorgamiento recogido en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante o No Sedentaria.
La autorización para el ejercicio de la actividad deberá ser solicitada por el interesado haciendo constar, entre otros, los siguientes datos:
- Nombre y apellidos del solicitante.
- NIF/CIF, DNI o pasaporte o tarjeta de residencia para ciudadanos comunitarios, o permiso de residencia y trabajo para los no comunitarios.
- Domicilio del solicitante.
- Descripción precisa de los artículos que solicita vender, aportando todo tipo de garantías o facturas y documentación técnica.
- Descripción detallada de las instalaciones o sistemas de venta.
- Declaración responsable en la que se manifieste el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ordenanza Municipal de Venta Ambulante o No Sedentaria.
Una vez concedida la autorización, el peticionario deberá presentar, entre otros, los siguientes documentos:
- Una fotografía
- Documento acreditativo de la identidad del solicitante (NIF/CIF, DNI, o pasaporte o tarjeta de residencia para ciudadanos comunitarios o permiso de residencia y trabajo para los no comunitarios)
- En el supuesto de que el solicitante sea persona jurídica o comunidad de bienes, documentación acreditativa de la responsabilidad, escritura de constitución o modificación indicativa de la composición accionarial o participativa en la misma, así como certificación acreditativa de su inscripción en el Registro público correspondiente.
- Contratos de trabajo que acrediten la relación laboral y la jornada de las personas empleadas por el titular, sea éste persona física o jurídica.