¿La garantía de los cargadores y baterías de los teléfonos móviles es sólo de seis meses?
La batería de un teléfono móvil se considera un elemento sin el cual no sería posible el funcionamiento del aparato. Por lo tanto, se entiende que forma parte inseparable de éste y tiene la misma garantía que el aparato, es decir, dos años.
Es importante tener en cuenta que si el consumidor reclama durante los seis primeros meses y el vendedor no está de acuerdo, éste debe demostrar que el bien salió perfecto de fábrica. Pero, pasados esos seis meses, si no hay acuerdo, el Consumidor es el que debe demostrarlo.
¿Qué ocurre si quiero devolver un teléfono móvil?
Si, después de haber comprado un producto queremos devolverlo, como norma general no tenemos derecho a que nos devuelvan el dinero. Sin embargo, algunos comerciantes aceptan el reembolso y otros acceden a cambiarlo por otro producto o dan un vale de compra en su lugar. Pero hay algunos casos en los que, al devolver el producto, sí tenemos derecho a que nos reintegren el importe abonado:
• Si la publicidad del establecimiento o del propio producto anuncia la posibilidad de devolver el dinero en el caso de que el cliente no esté satisfecho con el producto.
• En las ventas que se efectúen con la condición de poder tener a prueba el producto dentro de un plazo acordado (en el caso de no haberse acordado, el plazo es de siete días).
• En la venta fuera de establecimiento (por ejemplo, a domicilio) y en la venta a distancia, tenemos derecho a la devolución y a que se reintegre el importe abonado, sin alegar ninguna causa, durante los siete días siguientes a la recepción del producto comprado.
Me di de alta con una empresa de telefonía para acceder al servicio telefónico y de Internet y, posteriormente, tuve problemas. Intenté darme de baja y lo contraté con otra compañía, pero no consigo que me den de baja en la primera. ¿Puedo reclamar para que se solucione el problema?
Lo primero que tiene que hacer es reclamar a la empresa de la que usted se dio de baja a través de alguna vía que deje constancia de su queja (burofax, telegrama…). Si la empresa no le contesta en el plazo de un mes o la respuesta que le da no es satisfactoria, puede reclamar ante las juntas arbitrales de consumo de la Comunidad de Madrid o ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones del Ministerio de Fomento (en caso de que la empresa no esté adherida al arbitraje o que usted no desee utilizar la vía de reclamar ante la junta arbitral). También puede optar por reclamar, en ese mismo plazo, ante los tribunales de justicia, pero tenga en cuenta que esta vía es incompatible con la de formular su reclamación ante las juntas arbitrales. Igualmente si usted prefiere acudir a la junta arbitral, debe saber que esta opción le cierra la posibilidad de interponer una demanda ante los órganos judiciales.
Tenía un contrato con una empresa de telefonía móvil, pero hace varios meses que me di de baja y aún siguen facturándome. ¿Cómo puedo actuar?
Primero debe ponerse en contacto con la empresa por escrito, si es posible mediante burofax, con texto certificado y acuse de recibo. Si ya lo ha hecho y siguen pasándole facturas, si está empadronado en San Sebastián de los Reyes, puede presentar una Re,clamación en la OMIC, rellenando el impreso de reclamación y aportando una fotocopia de los siguientes documentos:
• baja enviada por escrito
• facturas cobradas después de la baja
Contraté hace un mes el servicio de una línea ADSL y todavía no me lo han activado, aunque sí me han facturado el primer mes por servicio. ¿Qué puedo hacer?
Lo más conveniente es ponerse en contacto por escrito con la empresa (mediante burofax con texto certificado y acuse de recibo) para pedirles que le activen el servicio y le descuenten lo que ha pagado sin tenerlo en funcionamiento. Si no le solucionan el problema y está empadronado en San Sebastián de los Reyes, acuda a la OMIC aportando fotocopias de la documentación que posea, que debería ser:
• contrato de servicio
• factura del mes cobrado
• escrito enviado a la empresa
La mayoría de las compañías dedicadas a la telefonía fija están adheridas al Sistema Arbitral de Consumo; si fuera el caso de la empresa en cuestión, podría rellenar el impreso de solicitud de arbitraje, solicitando que se celebre una vista y que se resuelva el problema.